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AYUDAS / BECAS
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Cursos on-line a través del Ministerio de Trabajo e Inmigración
El Ministerio de Trabajo e Inmigración abre su campus de e-migración, donde españoles y españolas residentes en el exterior o retornados podrán acceder a una importante oferta formativa independientemente del lugar donde se encuentren. Ya se encuentra operativo el portal campus de e-migración: www.e-migracion.es
Los interesados pueden solicitar en la sede de la propia Consejería, la tarjeta que les identificarán como alumno y que permite el acceso gratuito a los cursos on-line.
El e-learning, como sistema de formación que aprovecha las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, se ha convertido en un factor estratégico que permite formar de manera efectiva, superando barreras espacio-temporales, adaptando el ritmo de aprendizaje a las necesidades individuales de cada persona, y que facilita el acercamiento de la Formación y Educación a toda la ciudadanía española independientemente de su ubicación geográfica.
Es en este contexto donde se enmarca este proyecto, que pretende dar respuesta al reto de acercar la formación de las personas, desde una perspectiva de igualdad de oportunidades para todos y tosas los españoles y españolas con independencia de su lugar de residencia, basada en un uso racional de las TIC de manera que contribuya al desarrollo efectivo de la Sociedad del Conocimiento y facilitando en su caso su retorno a España.
Este proyecto pretende contribuir a la mejora de la situación de la ciudadanía española residente en el exterior con independencia de su lugar de residencia mediante modelos y sistemas innovadores para la mejora su formación y capacitación.
Los objetivos generales del proyecto son:
- Acercar una oferta educativa de calidad a todos y todas los españoles y españolas residentes en el exterior.
- Mejorar su situación actual y sus oportunidades laborales en sus países de residencia.
- Facilitar el retorno de los ciudadanos y ciudadanas que así lo deseen y su posterior integración profesional.
Información en: www.e-migracion.es


Ayudas Del Gobierno Central>>>
PROGRAMAS DE ACTUACIÓN |
NOMBRE/ÁMBITO |
BENEFICIARIO/SUJETOS |
OBJETO/ACTUACIONES |
PLAZO |
PRESTACIONES PARA RESIDENTES FUERA DE ESPAÑA Y RETORNADOS |
ATENCIÓN A SITUACIONES DE INCAPACIDAD O DE NECESIDAD |
Mayores de 65 años o incapacitados permanentes residentes en el exterior |
Prestación por razón de necesidad |
TODO EL AÑO |
Españoles en el exterior y familiares a su cargo con gastos extraordinarios |
Ayudas asistenciales para atender gastos extraordinarios |
TODO EL AÑO |
Españoles de origen retornados en situación de necesidad |
Ayudas extraordinarias para personas retornadas |
TODO EL AÑO |
SUBVENCIONES PARA ESPAÑOLES EN EL EXTERIOR Y RETORNADOS |
EDUCACIÓN |
Estudiantes españoles residentes en el exterior |
Ayudas para la promoción educativa en el exterior |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
Estudiantes españoles residentes en el exterior |
Becas "Reina Sofia" |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
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JÓVENES |
Entidades públicas y privadas radicadas en el exterior o en España |
Ayudas de formación para en empléo |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
Jóvenes españoles residentes en el exterior |
Actividades para el refluerzo de los lazos culturales y de identidad con España |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
MUJERES |
Entidades e Instituciones públicas o privadas radicadas en el exterior o en España |
Participación de las mujeres en programas de promococión para el empleo |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
Entidades e Instituciones públicas o privadas radicadas en el exterior o en España |
Promocion de la igualdad efectiva y prevencion de la violencia de género |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
MAYORES Y DEPENDIENTES |
Centros sociales, centros de dia, residencias de mayores e institucones |
Ayudas para actividades asistenciales y de atención a mayores y dependientes |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
Ciudadanos españoles residentes en el exterior mayores de 60 (si son pensionistas) o de 65 años |
Ayudas para viajes a España de ciudadanos españoles mayores residentes en el exterior |
HASTA 31 DE AGOSTO DE 2010 |
ASOCIACIONES |
Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles residentes en el exterior |
Ayudas a asociaciones para gastos de funcionamiento |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
CENTROS |
Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles residentes en el exterior |
Ayudas para gastos de obras y equipamiento en centros de españoles en el exterior |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
RETORNO |
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Entidades e instituciones españolas o extranjeras |
Ayudas para información y asesoramiento a retomados |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
PROYETOS E INVESTIGACIÓN |
Personas físicas y entidades públicas o privadas españolas o extranjeras |
Ayuda para proyectos e investigación |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |
COMUNICACIÓN |
Centros y asociaciones de españoles en el exterior |
Ayudas suscripción a publicaciones para centros y asociaciones |
PENDIENTE DE PUBLICAR |
Personas físicas y entidades públicas o privadas españolas o extranjeras |
Ayuda para iniciativas de comunicación exterior |
CONVOCATORIA 2010
FINALIZADA |


Ayudas
De Comunidades Autónomas
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BALEARES |
Ayudas individuales para atender contingencias sanitarias o sociales
El Govern de les Illes Balears, con la publicación de la convocatoria, ha puesto en marcha oficialmente las ayudas individuales para atender contingencias sanitarias o sociales. El ejecutivo autonómico continúa con su compromiso con los baleares y descendientes de baleares en el exterior. Recientemente se han publicado las bases de la convocatoria de ayudas individuales para atender contingencias sanitarias o sociales, además de atender también los estados de necesidad derivados de carencias de recursos para una subsistencia digna. La Fundació Balears a l'Exterior será la encargada de tramitar las ayudas. El Govern de les Illes Balears ha previsto estas ayudas destinadas exclusivamente a los baleares y descendientes residentes en el exterior para el ejercicio 2010.
Estas ayudas están destinadas a los oriundos de les Illes Balears y sus descendientes, así como aquellas personas consideradas baleares a los efectos de la Ley 3/1992, de 15 de julio, siempre que el lugar de residencia sea en el extranjero y se encuentren en situación de precariedad económica.
Para poder solicitarlas deberá demostrarse que se padece una grave enfermedad, discapacidad o invalidez, una necesidad de asistencia medico asistencial especializada, un tratamiento oncológico o material protésico. También podrán concederse en el caso demostrado de infortunio familiar grave, o en caso de situación de emergencia social.
Para poder solicitar tales ayudas, deberán cumplir una serie de requisitos (generales y específicos) los cuales vienen especificados en la convocatoria.
Es importante recalcar, que las solicitudes deben formularse exclusivamente con el modelo normalizado.
Bases para la concesión de las ayudas individuales
http://www.balearsexterior.com/BasesConcesionAyudasIndividuales.pdf
Ver la convocatoria oficial de las ayudas
http://balearsexterior.com/ConvocatoriaAyudasIndivivuales.pdf
Documento PDF a cumplimentar para solicitar estas ayudas
http://www.balearsexterior.com/solicitudyanexosAI2010.pdf
Las solicitudes con la documentación adjunta se tienen que presentar o enviar a:
Fundació Balears a l’Exterior
Calle del Palau Reial, 14A
07001 - Palma - Illes Balears
España.
http://www.balearexterior.com
El plazo de presentación para la solicitud finaliza el 15 de octubre de 2010.
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BALEARES |
Ayudas para la realización de viajes por razones de interés social, asistencial o humanitario
1. Objeto
1. Las ayudas reguladas por estas bases tienen por objeto sufragar los costes de los viajes que tengan que realizar, por razones de carácter social, asistencial o humanitario, las personas que puedan tener la condición de beneficiarias al cumplir los requisitos establecidos en los puntos 2 y 3 de estas bases. 2. Los costes de los viajes incluyen los gastos de emisión del billete, así como los correspondientes a tasas e impuestos directamente relacionados con su emisión. 3. Estas ayudas, que son directas, individuales, de carácter económico y social, no originan ningún derecho subjetivo para las personas beneficiarias y están, en todo caso, condicionadas a las disponibilidades presupuestarias de la Fundación previstas para esta finalidad en cada ejercicio.
2. Personas beneficiarias
Podrán solicitar las ayudas previstas en estas bases las siguientes personas: a)Personas consideradas baleares a los efectos de la Ley 3/1992, de 15 de julio, residentes en el exterior y que tengan nacionalidad española, así como sus descendientes de primer grado por consanguinidad, que a causa de razones sociales, asistenciales o humanitarias, que se especifican en el punto 3 e) de estas bases, tengan que desplazarse a las Islas Baleares. La forma de acreditar la condición de balear en el exterior se señala en el punto 5.2 b) de estas bases. b) Excepcionalmente, para el caso en que las personas del apartado a) de este punto no puedan valerse por sí mismas para la realización del viaje, podrá ser también beneficiario/a de estas ayudas un acompañante.
3. Requisitos
Podrán solicitar estas ayudas las personas que cumplan y acrediten documentalmente los requisitos siguientes:
a) Consideración de balear a los efectos de la Ley 3/1992, de 15 de julio.
b) Tener residencia legal y efectiva en el extranjero.
c) Nacionalidad española o descendencia de primer grado por consanguinidad de balear en el exterior con nacionalidad española.
d) Carecer de rentas, ingresos y patrimonio. Esta carestía de rentas, ingresos o patrimonio deberá de acreditarse por la persona que va a realizar el viaje, por el acompañante al que, en su caso, también se le otorgue la ayuda.
Se considerará que existen rentas o ingresos insuficientes cuando aquellos de los que disponga la persona interesada o se prevea que va a disponer en cómputo anual, sean iguales o inferiores a la base de cálculo correspondiente al país de residencia que determina anualmente el estado español.
Si el solicitante convive con otra u otras personas en una misma unidad económica familiar, se considerará que se carecen de rentas e ingresos insuficientes cuando la suma de las rentas o ingresos de todos los integrantes de aquella sea inferior o igual a la cuantía resultante de la base de cálculo del país de residencia o salario mínimo interprofesional, según corresponda, en cómputo anual, más el resultado de multiplicar el 70 % de la cifra mencionada por el número de integrantes de la unidad económica familiar menos uno.
Se considerará que existe unidad económica familiar en todos los casos de convivencia de una persona beneficiaria con otras personas, sean o no beneficiarias, unidas a aquella por matrimonio o unión análoga a la conyugal, o por lazos de parentesco por consanguinidad o adopción hasta segundo grado.
e) Tener la necesidad de realizar el viaje para el que se solicita la ayuda por razones sociales, asistenciales o humanitarias debidamente justificadas. A estos efectos, se consideraran razones sociales, asistenciales o humanitarias las siguientes:
I. Situaciones derivadas de problemas sanitarios cuyo tratamiento en el exterior no esté debidamente cubierto o con respecto de los cuales su atención en el Estado español, tanto en un centro incluido en la red sanitaria pública como en un centro privado, suponga una ventaja significativa. En estos casos deberá acreditarse previamente por la persona solicitante de la ayuda que tiene cubierta la correspondiente prestación sanitaria.
II. Fallecimiento o enfermedad grave de familiares de hasta segundo grado, que residan en las Islas Baleares.
III. La necesidad de realizar trámites administrativos ineludibles en las Islas Baleares.
IV. Aquellas otras situaciones de carácter social, asistencial o humanitario que deriven en la necesidad de la realización de estos viajes.
f) No estar sometidos a las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el apartado 1 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
Documentos a cumplimentar para solicitar estas ayudas
http://balearsexterior.com/ViajesSociales/
Las solicitudes con la documentación adjunta se tienen que presentar o enviar a:
Fundació Balears a l’Exterior
Calle del Palau Reial, 14A
07001 - Palma - Illes Balears
España.
http://www.balearexterior.com
El plazo de presentación para la solicitud finaliza el 15 de octubre de 2010.
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NAVARRA |
Ayuda para el retorno temporal o definitivo de emigrantes navarros a la Comunidad Foral
Se concederán a aquellos emigrantes navarros y familiares que lleven residiendo durante al menos diez o quince años (según se trate del retorno definitivo o temporal) en un país no comunitario y que presente problemas económicos.
Información:
Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno
Dirección General de Relaciones Institucionales
Avda. Carlos III número 2, planta baja
31001 - Pamplona (Navarra)
www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/Boletines/2010/23/Anuncio-8/
El plazo de presentación para la solicitud finaliza el 15 de octubre de 2010
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VALENCIA |
Avión Fallero 2011
La Generalitat Valenciana de común acuerdo con el Centro Valenciano La Senyera realiza, organiza y subvenciona el tradicional avión fallero 2011
En el mes de marzo, en época de las Fallas de San José y de fiestas populares de antigua tradición conocidas internacionalmente por ocasión de San José, Ppatrono de Valencia, y a su especial significado Día de los Padres.
Quince días de excursiones a ciudades de interés turístico y cultural, consideradas patrimonio de la humanidad por la UNESCO.
A bajo costo se paga solamente el billete, por ser en temporada baja, y cuanto mayor el número de viajantes mas barato.
Son subvencionables, los paseos, excursiones, tarde de toros, partido de fútbol en el Estadio de Mestalla, Tierra Mítica, Ciudad de las Artes y de las Ciencias, semana fallera, alimentación y asistencia médica, caso se necesite durante todo el tiempo, que se puede prolongar por hasta tres meses.
Están abiertas las solicitudes para 2011, esta convocatoria tiene como finalidad la selección y explicaciones necesarias.
Información:
Centre Valencià "La Senyera" de São Paulo
Atenderemos los sábados de 9.00 a 17.00 horas
Teléfonos: (11) 5631.4294 / (11) 9112.0501 con la Sra. Maria del Carmen Acirón
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